
(Agraria.pe) Los agricultores afectados por el Fenómeno El Niño Costero y que tienen deudas agrarias vencidas en el sistema financiero podrán acogerse a facilidades de pago, gracias a la ampliación del plazo dispuesta por el Poder Ejecutivo.
Además, incorporó como obligaciones vencidas a los créditos reprogramados para los referidos trabajadores del campo.
Estas acciones se establecieron mediante el Decreto Supremo N° 073-2018 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que modificó el D. S. N° 262-2017, que a su vez aprobó el reglamento de la Ley N° 30573, Ley de Reestructuración Agraria Especial (RAES).
Créditos reprogramados
Además, se establece incorporar como párrafo final del artículo 7 del reglamento de la Ley N° 30573: “Podrán considerarse como obligaciones vencidas al 31 de julio del 2017 a los créditos reprogramados por las instituciones financieras a esa fecha, que fueron otorgados en localidades declaradas en estado de emergencia por el Fenómeno El Niño Costero”.
Obligaciones
El artículo 7 del reglamento de la Ley N° 30573 señala que las deudas comprendidas en el RAES corresponden a obligaciones vencidas al 31 de julio de 2017 que mantienen los beneficiarios con las entidades financieras.
Estas, al 31 de marzo del 2017, cumplían con los siguientes requisitos: deudas cuyos deudores calificaban en la categoría normal o con problemas potenciales ante la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), se encontraban reportadas como vigentes en la central de riesgos de la SBS.
De acuerdo con la norma, esta modificación e incorporación tiene como propósito permitir que los beneficios del programa RAES alcancen al mayor número posible de agricultores que cumplan con los criterios de elegibilidad.
Fuente: El Peruano
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